El exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán ha vuelto a solicitar su puesta en libertad inmediata. Esta vez acude de los autos dictados por el juez del Tribunal Supremo Leopoldo Puente para mantener en libertad al exministro José Luis Ábalos y el que era su principal asesor, Koldo García, para argumentar que si ni “los contactos internacionales ni las cuentas de terceros” son suficientes para enviarle a prisión, él debe quedar libre.
En el escrito, de 19 páginas, en el que renuncia a un recurso de apelación presentado contra el rechazo de su petición de libertad anterior, la defensa del político navarro sostiene que, según el criterio del magistrado, manifestado en los autos que ha dictado en el procedimiento contra los otros dos imputados, “ni la concurrencia de contactos internacionales ni la existencia de cuentas de terceros que pudieran contener el dinero fruto del delito ni la posibilidad de disponer de cantidades de dinero todavía no halladas son ‘fuentes de prueba’ […] that require the adoption of precautionary measures such as provisional detention”.
“Es un argumento silogístico sencillo: si aquellos que tienen contactos internacionales, posibles cuentas con terceros y la posibilidad de disponer de dinero todavía no hallado por la investigación no son objeto de prisión provisional por riesgo de destrucción de esas fuentes de prueba, mucho menos quien no tiene acreditada la existencia de cuentas de terceros ni contactos internacionales ni se le ha hallado a pesar de los meses de investigación cantidad de dinero alguno, merece la adopción de la prisión provisional para proteger la investigación”, señalan los letrados Benet Salellas y Jacobo Teijelo.
Señalan que si la imputación de Ábalos y Koldo “lo es por un delito de integración en organización criminal de la que formaría parte el señor Cerdán, no llega muy bien a comprenderse como una parte de esa ‘trama’ puede poner en riesgo las fuentes de prueba (Cerdán) mientras que el resto no“, señala el escrito que destaca que el juez Puente señala que la investigación está muy avanzada, en referencia a la parte relativa a la compra de mascarillas, en la que no es imputa al político navarro.
La defensa considera “difícil de entender cuáles son las acciones de ‘ocultación o destrucción’ de pruebas que únicamente y en carácter exclusivo puede realizar el señor Cerdán y no el resto de miembros de esa supuesta trama‘”, lo que les lleva a calificar de “incomprensible” la situación de prisión en que se encuentra su cliente para esperar el informe patrimonial que prepara la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.
El juez Leopoldo Puente rechazó la anterior petición de libertad de Santos Cerdán, al considerar que existe riesgo de que altere pruebas o influya en testigos, pero anunció que saldría de prisión antes de 2026, puesto que el plazo máximo para un encarcelamiento por ese motivo está fijado en seis meses desde que se decretó, que en este caso fue el pasado 30 de junio.
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